Curso Portero de Discoteca Comunidad de Madrid

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Curso Portero de Discoteca Comunidad de Madrid, Modalidad ONLINE

La figura del controlador de acceso o como vulgarmente son conocidos, los porteros de discoteca son profesionales  regulados  por cada Comunidad Autónoma, siendo obligatorio  que todas las personas que desempeñen esta profesión deban superar unas pruebas legisladas por cada comunidad en función de su normativa vigente para que adquieran una serie de competencias y desempeñen correctamente las funciones de su puesto.

En la Comunidad de Madrid, hay que superar una prueba tipo test de conocimientos teóricos y un psicotécnico que evaluará si el aspirante tiene las capacidades conductuales necesarias.

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PRUEBA DE CONOCIMIENTOS:

50 preguntas sobre los temas referidos a tratar en el curso con un tiempo máximo de 60 minutos.

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TEST PSICOLÓGICO: 

Para evaluar las conductas del aspirante en el que se emplea el tiempo estrictamente necesario.

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    Temario

    Tema 1. La constitución española de 1978.

    Nociones básicas de los delitos contra las personas y delitos contra la libertad y seguridad. Omisión del deber de socorro. Delitos contra los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones: Atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes. Nociones básicas de los delitos contra la salud pública.

    Tema 2. Nociones básicas sobre la tenencia de armas en locales de pública concurrencia

    Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y normativa de desarrollo, y Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

    Tema 3. Normativa sobre derecho de admisión y libro de reclamaciones

    Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

     

    Tema 4. Normativa sobre horarios de establecimientos públicos

    Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones. Orden 1562/1998, de 23 de octubre, de la Consejería de Presidencia, por la que se regula el régimen de horarios de locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.

    Tema 5. Limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco y protección de menores de edad

    Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, capítulos I y II del título III de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, Reguladora de las Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia; títulos III y VI de la Ley 5/2002, de 27 de junio, de Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid.

    Tema 6. Nociones básicas de las infracciones

    Previstas en Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid

    Preguntas frecuentes

    Requisitos para ser portero de discoteca

    • Ser mayor de edad
    • Tener la ciudadanía española de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y de trabajo.
    • No haber estado condenado por delitos contra las personas, el patrimonio, la salud pública o justificar que los antecedentes de los delitos cometidos han sido cancelados
    • Haber superado las pruebas convocadas por la Dirección General de Administración de Seguridad.

    ¿Cuanto gana un portero de discoteca?

    Dependerá mucho en función de la sala, y el horario,  no es lo mismo trabajar en un pub de pueblo que abre hasta las 02:00  o una gran discoteca de la ciudad. El salario de un portero oscila entre los 80 y los 190€ por noche aproximadamente.

    ¿Puedo trabajar de Controlador de Acceso con el diploma de la Academia?

    No. Una vez se obtiene el certificado de asistencia, se debe esperar a que salga la convocatoria de examen y ser Apto.

    ¿Se puede trabajar como portero en cualquier parte de España?

    No, solo se podrá ejercer como controlador de acceso en la Comunidad Autónoma que se ha aprobado el examen oficial, ya que cada zona tiene su propia normativa. En el caso que se desee tener la habilitación en otro sitio, se tendrá que realizar de nuevo el curso y el examen correspondiente de esa comunidad.

    La primera prueba es de aptitud física, y se deberán realizar 3 ejercicios. La calificación de esta prueba será de «Apto» o «No apto».

    • Potencia tren superior.
        • Flexión de brazos en suspensión pura (hombres).
        • Lanzamiento de balón medicinal (mujeres y hombres con más de 40 años).
    • Potencia tren inferior. Salto vertical (hombres y mujeres)
    • Carrera: 400 metros lisos (hombres y mujeres).

    IMPORTANTE: El examen tendrá CARÁCTER ELIMINATORIO. Se deberá superar las pruebas físicas para poder realizar el examen teórico.

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